Los Beneficiarios serán desempleados, mayores de 65 años, familias numerosas y, como novedad, las personas afectadas por un ERTE
Desde el Ayuntamiento de Finestrat informan que ya está abierto el plazo para solicitar la bonificación fiscal para ayudar a sufragar los gastos del recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Los beneficiarios son las familias más necesitadas y colectivos con menos recursos como pueden ser vecinos en situación de desempleo, personas mayores de 65 años, pensionistas de la Seguridad Social menores de 65 años y también familias numerosas que no disfruten de la bonificación de la cuota íntegra que ya establece la ordenanza fiscal reguladora del IBI de este Ayuntamiento. Como novedad, y después de ser acordado por los dos grupos de la corporación en el último pleno, las bases incluyen como beneficiarios a las personas afectadas por un ERTE que cumplan los requisitos establecidos en las bases.
En cuanto al plazo de solicitud de esta ayuda, será hasta el 20 de noviembre debido a la prolongación del período de pago establecido desde SUMA.
En palabras del alcalde, Juan Francisco Pérez, “dentro de la política de ayudas a la ciudadanía para hacer frente a esta situación tan compleja que ha causado la pandemia hemos vuelto a reservar una partida presupuestaria para ayudar a pagar el IBI a aquellas personas que más lo necesitan. Esta ayuda tendrá un límite de 300€ destinado al IBI de la vivienda habitual. Por tanto, animo a los vecinos a que vengan al Ayuntamiento a informarse y a tramitar esta ayuda social que podrán recibir los finestratenses en situación de desempleo, los pensionistas, las familias numerosas y también las personas que estén o hayan estado este año en un ERTE . Mientras dure la crisis este Ayuntamiento se mantendrá firme en su propósito de ayudar a la ciudadanía cuando más lo necesitan”.
PUEDES ESCUCHAR LAS DECLARACIONES DEL ALCALDE, JUAN FRANCISCO PÉREZ, AQUÍ
Ayudas hasta 300€
El importe de la subvención del recibo del IBI será hasta un máximo de 300 €, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en las bases y se presente la documentación en tiempo y forma. Las bases que regulan esta subvención con las últimas modificaciones se podrán consultar en los próximos días en el BOP y también en el Portal de Transparencia de la página web municipal.
Para más información pueden acudir al Registro de Entrada del Ayuntamiento (planta baja) y también a la extensión administrativa de la Cala. Plazo de solicitud: hasta el 20 de noviembre.
Requisitos para ser beneficiario de la bonificación
Entre los requisitos, los solicitantes deben estar empadronado en la vivienda objeto de la subvención y ser el sujeto pasivo del IBI y tener una Renta, la Unidad Familiar, que no supere 2 veces el IPREM (Indicador Público de renta de efectos múltiples).
A la espera de publicarse en el BOP las modificaciones anunciadas, pueden CONSULTAR LAS BASES AQUÍ 20200630_BOP CONVOCATORIA-BASES EXACCIONES